EL CLERO SECULAR O DIOCESANO

  1. El diaconado, el presbiterato y el episcopado, observando sus específicas regulaciones canónicas, se ejercen en la Iglesia diocesana, en comunión con el Papa.
  2. A pesar de que se llame ‘cura’ al presbítero en general, solamente son ‘curas’ los que tienen a su cargo la “cura de almas”, es decir, los que son párrocos o colaboradores canónicos de ellos o del obispo.
  3. El término ‘sacerdote’ no se aplica solamente al presbítero sino también, y sobre todo, al obispo. Sin embargo, existen otros títulos que se aplican al clero (en sus tres órdenes), como arcipreste, canónigo, magistral, capellán, prelado, cardenal, vicario, beneficiario, exorcista, entre otros muchos.
  4. La vida del clėgrigo será secular o regular, pero no existe un ejercicio regular y otro secular de las órdenes sagradas.
  5. El clérigo secular vive “en el siglo”, es decir, con el pueblo, en comunion con el Obispio, rige las parroquias, ejerce el magisterio administra los sacramentos, colabora en muchos campos de la pastoral y, dentro de la ordenación canónica, debe observar también las “leyes humanas” civiles.
  6. Al clérigo secular se le llama diocesano (derivado de ‘diócesis’). Su organización jerárquica, en comunión con el papa y con los patriarcas en las Iglesias orientales, es respectó a su obispo, junto con los presbíteros y con los diáconos.
  7. Hoy, no forman parte del clero diocesano los que antiguamente ejercían las llamadas órdenes menores y él subdiaconado en la Igkesia latina, Pero existen, en ella, los servicios de lector, acólito y catequista.
  8. Es importante, en el clero, la potestad de orden, pero también la potestad de jurisdicción. Un cardenal, que no es el ordinario diocesano, puede hacer muchas cosas, pero, otras no. Las puede hacer sólo con la delegación del obispo diocesano o del párroco.
  9. El celibato eclesiástico del clero secular, que no existió como obligatorio en los primeros siglos del cristianismo y que no se aplica como obligatorio en la iglesia oriental católica (o a título individual en algunos casos en la iglesia católica de rito latino), no es un voto, sino un compromiso y una obligación canónica para algunis diáconos y para todos los presbíteros y los obispos católicos de rito latino. Hoy es un tema muy debatido. Es obligatorio, en la Iglesia católica de rito oriental para todos los obispos, para algunos presbïteris y algunos diáconos.
  10. No hay que confundir el celibato requerido para algunos diàconos, para los presbíteros y para los obispos del clero secular, con el voto de castidad del clero regular.
  11. El clero secular diocesano puede y debe tener bienes propios para su sustento, para su manutención y para sostenerse en su vejez.
  12. El clero secular diocesano no hace voto de obediencia. Debe ser fiel a la promesa de obediencia a su Ordinario, que hacen los diáconos y los presbíteros en su ordenación.
  13. La vida canonical, monástica, mendicante, regular, ‘religiosa’ o ‘consagrada’ del clero es muy importante, pero no es transcendental “ab ovo”, en la Iglesia. Jesucristo no fue ni canónigo, ni monje, ni fraile, ni clérigo regular, ni ‘religioso’, ni canónicamente ‘consagrado’. Los primeros mártires cristianos que precedieron y fueron referencia para los primeros monjes, muchos fueron del “clero secular”, el “clero regular” todavía no sé había ‘inventado’.

Mons. Jaime González-Agàpito

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